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Eutanasia

Este, RESUMEN hace referencia a la "Eutanasia", en cuanto a la oposición que el autor realiza al llamado a su implementación legal e irrestricta, bajo una égida ciertamente diabólica. A nuestro entender son varias las organizaciones que revelan entre otros, estos presupuestos radicalmente contrarios a la razón superior y la ética y a la propia naturaleza del hombre.
No ocultaremos la intención ni los motivos que subyacen en estas organizaciones pro-eutanasia, simplemente destruiremos sus fundamentos, con nuestro (comentario), y con la ayuda de Dios, convertiremos la intención, en verdad...
EUTANASIA II
(Decidir sobre la vida y la muerte)
El objetivo que se proponen estas leyes es el de defender el derecho del paciente a morir. ¿Sí alcanzan este objetivo? Parece cierto pero sólo en forma limitada. El derecho del paciente se encuentra restringido por el requisito de escribir un documento, que debe ser renovado de tiempo en tiempo de acuerdo con diversas estipulaciones (en California, por ejemplo, cada cinco años) para que conserve su validez. ¿Cuántas personas se van a imponer la molestia de escribir y de renovar tal documento para salvaguardar el derecho natural, que ya poseen sin necesidad de legislación alguna? En California en 1978 se distribuyeron más de 100 mil formularios sobre el Derecho a Morir. Pero de acuerdo con el informe de una Asociación Médica de California tales formularios no se usan con mucha frecuencia. Ya avanzado el año 1977, un sondeo hecho a 112 médicos, que pidieron un total de más de 11 mil copias, reveló que sólo se utilizaron 6720. Todo paciente crítico hospitalizado sin un documento -Esta es mi Voluntad", ajustado a la ley, corre el riesgo de que lo sometan a tratamientos inútiles que prolongan su proceso de morir. Los médicos tratantes, afectados por demandas de "mala práctica·" con seguridad se negarán a no comenzar o a interrumpir un tratamiento innecesario ante la ausencia de un documento legal que los protegiera.
La preocupación principal de cualquier legislación sobre la Muerte Natural debiera ser afirmar, de manera práctica, el derecho natural de cualquier persona a no ser sometida a tratamientos inútiles. El Estado no nos concede este derecho. Hablando con más propiedad, él debe venir en defensa de tal derecho, ya que lo tenemos en virtud de nuestra propia naturaleza. Richard A. Mac Cormick y André E. Hellegers sugirieron que tal ley debiera especificar la obligación de todo médico a registrar una enfermedad mortal con un personal apropiado del hospital, que tendría el derecho a verificar el asunto. "Un paciente capaz podría entonces exigir por escrito que no se le apliquen tratamientos extraordinarios. En el caso de un paciente que no estuviera en condiciones de hacerlo, por la edad o por las circunstancias, la familia podría redactar un documento semejante con la solicitud. Una vez que se haya escrito esta la legislación podría determinar que el médico tratante no estaría sujeto a demanda civil o penal por omisión o interrupción del tratamiento"
( RICHARD A. McCORMICK and ANDRE F- HELLEGERS, "Legislation and the Living WiLL- América , marzo 12,1977. p. 213.)
Comentario:
Todo bien, pero esto hasta aquí, nada tiene que ver con la eutanasia, sino con el ensañamiento terapéutico. Este artículo disfraza una intención subyacente, ¡cuidado!.-Cuando mayor es el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos. Ciertamente, un principio de razonabilidad debe conducir a informar de manera fehaciente, ya sea a los familiares del paciente o al Ministerio Público cuando nos los tiene, de la posibilidades de implementar un tratamiento extraordinario (dando explicación de las características fundamentales del tratamiento, los posibles resultados previstos, y aquellos concomitantes), la complejidad, su carácter excepcional y de desarrollo experimental, obligaría al galeno a responder en ambas sedes, la civil y la penal.La práctica de un tratamiento de carácter ordinario, no obligaría a formular comunicación fehaciente, ya que la autonomía funcional de esta ciencia, responde a una obligación primaria de carácter ético-profesional.


El moralista Mc Cormick en un artículo escrito en 1981 suavizó su posición referente a la legislación sobre "Esta es mi Voluntad" porque "un impresionante número de médicos, abogados y legisladores siguen creyendo que la afirmación de una persona no es válida sin el respaldo de la ley". Soy de parecer que las principales objeciones contra la legislación acerca del Derecho a Morir * están todavía en pie. El propósito de tal legislación, afirmar el derecho natural de un paciente terminal a morir en paz, es recomendable y moralmente justa. Con todo, este objetivo no se alcanza con facilidad, porque las leyes exigen un documento legal, una voluntad expresa, antes de que se tome la decisión de no aplicar las técnicas para mantener la vida. Una futura legislación debiera, tener en cuenta esta dificultad de tal suerte que pueda alcanzarse de manera fácil el fin tan laudable de las leyes que defienden el derecho a morir con dignidad. Robert M. Veatch redactó tal proyecto de ley, basado en el derecho natural del paciente terminal a rehusar un tratamiento que prolongue la vida23.
Comentario:
1) la vida es anterior a la creación institucional de los Estados, y la persona humana, su consecuencia originaria, es decir previa a cualquier estatuto legal. Su reconocimiento no necesita de ley terrena.
2) Es posible que estén en pie, las bestias con rasgos humanoides que esperan detrás de sus trampas.
3) El derecho natural proviene de una verdad superior al conocimiento del hombre positivista y omnipotente. Dios prohibe matar, esa es una ley natural y universal, por lo tanto inalienable y absolutamente moral.
4) Todavía a Dios gracias, no existe de manera generalizada en las mentes humanas la creación de un contrato voluntario, con intención, discernimiento y libertad tendientes a crear una relación jurídica entre dos sujetos de derecho, que señale que una de las partes, (la pasiva), haga entrega a otra (activa) su propia vida en contraprestación de la muerte.
5) Con respecto al fin laudable cabe realizar dos reflexiones: o se trata de un fin plausible o de un fin relacionado con un narcótico (láudano).
6) No existe ningún marco legal que otorgue derecho alguno a "morir con dignidad", lo que otorga la ley es el derecho a "vivir con dignidad".
¿Es lícito dejar morir a un paciente, incapaz de tomar decisiones, no aplicándole o suspendiéndole un tratamiento inútil?
Si un paciente terminal, en buenas condiciones mentales, puede lícitamente rehusar un tratamiento inútil, las personas responsables de un paciente inepto mentalmente deben poseer tal derecho. En el caso de menores de edad, la práctica médica reconoce el derecho de los padres, a rehusar un tratamiento inútil. Sin embargo, se ha dado un buen número de casos en los que el hospital ha rechazado la decisión de los padres y. ha recurrido a los jueces para obtener la autorización de un tratamiento. El caso de Karen Ann Quinlan cautivó atención mundial.
La señorita Quinlan, de 21 años, sufrió un colapso (por sobredosis de una mezcla de drogas y alcohol) y quedó en estado de coma el 15 de abril de 1975. No recuperó su estado de conciencia y fue mantenida en vida mediante un aparato respirador y alimentación intravenosa por muchos meses. Dado que no se veía esperanza de su recuperación, sus padres solicitaron al hospital que retirara el respirador. Rehusada la solicitud por los médicos de la señorita Quinlan, los padres recurrieron al juez y te solicitaron autorización para retirar el respirador. El Juez Muir, Jr.., de la Corte Superior de New Jersey, el 10 de noviembre de 1975 negó
La solicitud del padre de Karen. Este hizo apelación a la Corte Suprema de New Jersey, la cual el 1 de abril de 1976 falló por unanimidad en el sentido de que podía retirarse el respirador. Se suspendió tal aparato pero Karen continuó respirando por su cuenta sin lograr salir de su estado de coma. Continuó así por largos y penosos años para sus padres (Karen murió finalmente en 1986).
Comentario:
Es real este comentario histórico. Si Karen hubiera vivido en estos tiempos posiblemente, el error de diagnóstico y la declaración de muerte cerebral, la hubiera conducido a la ablación de sus órganos (estando viva), y su historia hubiera significado tan sólo, en un caso más. Si la ciencia en ese entonces no pudo dar motivos racionales a su rebeldía a morir de una vez, seguramente algo (desconocido para las ciencias), o superior la mantuvo atada a nosotros. La mención de este caso tiene como objetivo reblandecer nuestro sentir y nuestro criterio objetivo. Se trata de una estrategia conciliatoria de carácter suave, como corolario de un esquema duro, tendiente a demostrar una falsa sensibilidad por el dolor ajeno. No se dejen engañar.
Surgen dos preguntas con respecto a la eutanasia involuntaria
1 ra).- ¿Según la moral, es lícito, tratándose de un paciente terminal, mentalmente incapaz, no aplicarle un tratamiento inútil o suspendérselo, retirándole aparatos, o como se suele decir, "desconectándolo?"
Sí, ya que terminar con un tratamiento extremadamente grave si no ofrece garantía absoluta, no implica suicidio, sino más bien reconocimiento de la frágil condición humana.
2da). - ¿Quién es la persona autorizada para tomar tal decisión?
La naturaleza superior al conocimiento racional del hombre, llámese Dios, única fuente de razón y justicia.Se sigue de nuestras consideraciones anteriores que es moralmente lícito permitir que todo paciente, en tales condiciones, muera. Contradice a la naturaleza racional aplicar medios inútiles. En un Mensaje de Su Santidad Pío XII, dirigido a un grupo de anestesiólogos el 24 de noviembre de 1957 hizo énfasis en el derecho que asiste a todo ser humano de morir dignamente. Se valió de los términos utilizados entonces de medios ordinarios y extraordinarios, y enseñó con acierto que no existe obligación de usar medios extraordinarios para conservar la vida.
Comentario:
¡Cierto!, pero debemos aclarar que los cuidados ordinarios son aquellos tratamientos ortodoxos y habituales para la ciencia médica. Los extraordinarios son aquellos tratamientos experimentales que muchas veces se encaminan al ensañamiento terapéutico, cuya puesta en marcha no evita el resultado de muerte.El 5 de mayo de 1980 la Santa Sede promulgó un Documento con el título: Declaración sobre la Eutanasia. Aquí se repite la doctrina tradicional de la Iglesia Católica expuesta por Pío XII y luego la aplica a las condiciones actuales. Allí se afirma:
"No se puede imponer a nadie la obligación de recurrir a un tipo de tratamiento que, aunque ya esté en uso, todavía no está libre de peligro o es demasiado costoso. Su rechazo no equivale al suicidio; significa más bien o simple aceptación de la condición humana, o deseo de evitar la puesta en práctica de un procedimiento médico desproporcionado a los resultados que se podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente pesados a la familia o a la comunidad"
1) El primer error es la interpretación de un vocablo perversamente traducido a un sinónimo. No hace mención, el documento mencionado, a la palabra costoso, sino utiliza la palabra oneroso, no como sinónimo utilitario y material, sino como procedimiento pesado, molesto, gravoso para el enfermo.
2) Es indudable que un tratamiento experimental y desproporcionado a los resultados esperados, resultará a todas luces un gasto inútil, (ahora sí se aplica en un sentido material), no sólo a la familia sino también al Estado, cuando pudiendo contar con medios materiales y humanos para salvar otras vidas potenciales, se invierte esos capitales en un propósito egocentrista y omnipotente.
¿Quién está autorizado para tomar la decisión de dejar morir a un enfermo terminal sin que se prolongue innecesariamente su proceso de morir?
De acuerdo con el orden de la naturaleza, tal derecho corresponde a aquellos que tienen el deber de velar por tal persona. Tales son los miembros de la familia, los padres, cónyuges, hijos y parientes cercanos. Tal derecho no pertenece a las autoridades públicas, ya que los ciudadanos no son propiedad del Estado. De acuerdo con el principio de subsidiaridad las autoridades públicas poseen tal derecho y tal deber sólo cuando no existen miembros o deudos competentes de la familia que ejerciten este derecho.
Comentario:
El Principio de Subsidiariedad, es un principio político que tiene como objetivo la descentralización de la toma de decisiones. El principio de Subsidiariedad pretende que una decisión administrativa esté a cargo de la unidad colectiva más pequeña . Las leyes de descentralización se basan en este principio, que amplía de forma considerable el poder de las autoridades locales y regionales. Según el principio de Subsidiariedad, el poder central que detenta el Estado debe conceder iniciativas a los poderes regionales y locales, con el objeto de que los ciudadanos participen en las decisiones que conciernen a su vida cotidiana. 1) Un Estado subsidiario otorga libertades públicas sin perder completamente el control de la dirección, que tiene por objeto el bien común.Por lo tanto, el principio de Subsidiariedad no ha sido bien aplicado a este ejemplo, se desconoce su verdadero sentido y valor. El Estado protege al hombre y a la familia en razón a un mandato de jerarquía superior a las leyes.
2) No se trata de cuestiones de competencia, porque la competencia se relaciona con un conflicto que surge de varios juzgados que se consideran competentes para entender en el mismo asunto.
En este caso no se trata de competencia, sino de capacidad, es decir, aptitud y para adquirir derechos y contraer obligaciones, de las cuales la más severa ciertamente se relaciona con los deberes familiares en el sentido amplio de la palabra. Como el Estado garantiza la vida, el honor, la dignidad de la persona humana, sean ancianos, niños, mujeres, la falta de cumplimiento de los deberes de asistencia podrá ser suplida por medio del Ministerio Público, de acuerdo al caso concreto. Como el Estado reconoce la posible malicia y arbitrariedad del hombre, jamás puede conceder una completa y perfecta autonomía de la voluntad al sujeto. El orden jurídico ciertamente limita las libertades individuales, cuando de tras de él, trasciende un objetivo mayor, el bien común.
Creo que para utilizar lenguaje jurídico, habría que estudiar un poco e informarse más, si pretende influir en la sociedad. El discurso intelectualoide y miserable en su propósito no produce ni conmoción, ni sentimiento de aprobación, ni crecimiento cognitivo, ni parapgcognitivo.
El derecho de los padres para suspender un tratamiento en el caso de menores de edad es en general reconocido por las leyes en Norteamérica. Con todo, parece que no existe una política clara con respecto a los adultos, mentalmente incapaces. La Corte Suprema de Massachusetts, en su decisión del 28 de noviembre de 1977, refiriéndose al caso de Joseph Saikewicz afirmó que el Tribunal del Testamento posee dicha autoridad . Un decreto tal, si fuera a ser reconocido en toda la Nación (USA) privaría las familias y a aquellos que velan directamente por el enfermo, de su derecho natural a tomar esta decisión. La Corte se arrogaría un derecho que no tiene y además estaría en incapacidad de ejercitarlo. Se están presentando a diario tantos casos semejantes que las cortes se van a ver demasiado recargadas. Entretanto todos los pacientes terminales van a estar sujetos a la tortura de verse sometidos a aparatos que les prolonguen la vida indignamente.
Comentario:
1) El reconocimiento en Usa de la libertad de los padres a rehusarse a realizar un tratamiento para los hijos, es absolutamente relativo, porque ya ha existido sentencias en sentido puesto, ya que varias Cortes han reconocido que la vida humana prevalece ante el derecho de constituirse como objetor de conciencia. Véase caso de Testigos de Jehová.
2) Si se presentan a diario casos relacionados a la eutanasia, significa a Dios gracias, que el ser humano está tomando razón, de que no es libre para decidir, ni para disponer de la vida de otra persona. Si se recurre a la autoridad es en razón de hallar una respuesta puntual, para un caso específico. Las largas filas, no debe importarle, porque no es de su competencia conocer sobre un asunto tan privado y ajeno a su voluntad destructora.
3) No hay nada que pensar, si el aparato prolonga una muerte inevitable, habrá que apagar la máquina, y que la naturaleza realice su trabajo, mientras tanto no debe dejarse de suministrar los tratamientos ordinarios que incluyen no sólo la alimentación, sino también la eliminación en lo posible de los dolores. Esto no es eutanasia, esto es tratamiento médico ético, profesional e indiscutiblemente legal. Repito abandonar un tratamiento extraordinario, no implica eutanasia, ni siquiera es tema de discusión. Señor no permitas que este energúmeno confunda las mentes de mis compañeros de viaje.
La sentencia que afirma que la eutanasia pasiva o sea el retiro o suspensión de un tratamiento inútil, es moralmente lícita, se ataca desde dos frentes: los defensores de la eutanasia argumentan que la pasiva no difiere de la activa. No cuenta si una persona muere a consecuencia de una inyección mortal o por la desconexión del respirador. En ambos casos se produce la muerte. Si la moral y la ley justifican la eutanasia pasiva, siguen argumentando, entonces se justifica también la eutanasia activa y debiera legalizarse. Algunos opositores de la eutanasia, equiparando de la misma manera las dos clases de eutanasia, sostienen la posición contraria. Dado que no existe diferencia entre la eutanasia activa y la pasiva, ambas son inmorales y ambas deben ser proscritas por la ley. Por tanto, un paciente moribundo debe mantenerse forma indefinida bajo el control de aparatos que le den vida artificial
Comentario:
1) El primer comentario no puede ser tema de debate, ya que no existe diferencia entre eutanasia pasiva y la activa, ya que ambas son acciones tendientes a producir la muerte de una persona. La eutanasia pasiva es la omisión de hacer lo debido, es decir el autor en estos casos realiza otra conducta, diferente a la debida, por ejemplo, omite alimentarlo, se lo abandona a su suerte, o se lleva a cabo una conducta diferente al deber de asistencia profesional. En la eutanasia activa se lleva directamente a cabo una conducta prohibida, que tiene como móvil producir su deceso. En síntesis la eutanasia pasiva es un hacer indebido, y la eutanasia pasiva es un hacer prohibido, es decir las dos son conductas o sea acciones. Ambas se anticipan a la muerte, cuyo plazo resolutorio se esconde en la recóndita clave de la propia existencia.
2) Como pueden ver mis lectores, estos pseudo-científicos no pueden apartarse del concepto del ensañamiento terapéutico sin sentido. Esto no es, repito, eutanasia ni pasiva, ni activa, de suyo no es el tema de discusión, burro!. Debemos a nuestros hermanos, los seres humanos, el ser sinceros con ellos, en todo momento, pero en especial cuando se están aproximando al fin de su peregrinación terrena. Nosotros mismos no queremos para nosotros nada menos que una sincera compasión en los últimos momentos de nuestra vida.
La sinceridad en muchos casos puede producir un daño irreparable, sobre todo cuando esta sinceridad se sustenta en la ignorancia ontológica del ser. La sinceridad sólo proviene de la luz, del amor y la razón universal, y la falsa creencia, de las imágenes reflejadas en la oscuridad de las cavernas. Db.
En resumen; la Eutanasia se clasifica según:
Su finalidad: Eutanasia eugénica: por razones de "higiene racial", libera a la sociedad de los enfermos que son una carga. Eutanasia piadosa: es la que se practica con el fin de aliviar los dolores y sufrimientos a un enfermo.
Eutanasia eugénica ha sido practicada de manera sistemática no sólo con la excusa de la higiene racial, sino como forma seleccionadora y utilitaria.
La eutanasia piadosa, es la sustentada en la desesperación ante el sufrimiento ajeno y estaría dada en el ámbito personal de un sujeto que se comunica con Dios, para suplicarle conmiseración y misericordia.
Sus medios: Eutanasia positiva: es aquella en que el agente de manera directa y positiva actúa sobre la persona enferma provocándole la muerte.
Eutanasia negativa: el agente deja de hacer algo que permite proseguir con la vida del paciente.
Comentario:
Ambas son un apéndice literario de la arbitraria e insustancial división que se realiza entre la eutanasia positiva y negativa, diferenciados up-supra.
Sus intenciones: Eutanasia directa: cuando en la intención del agente existe el deseo de provocar la muerte directamente del enfermo. Eutanasia indirecta: consiste en la muerte no querida en su intención que sobreviene a causa de los efectos secundarios del tratamiento paliativo del dolor.
Comentario:
1) El deseo de provocar la muerte a alguien, no configura delito alguno en el marco legal, si así fuera un solo hombre quedaría exento de pena, por lo tanto, la eutanasia directa es una falacia intelectual. La eutanasia directa es la que se lleva a cabo un autor/res determinados sobre la vida de un ser humano
2) La eutanasia indirecta sólo puede considerarse como la practicada por interpósita persona, a ruego o instigada de manera directa por quien desea producir el resultado de muerte en otra persona, (ver instigación a cometer delitos determinados). Si la muerte no es querida, es porque no hubo intención interna, a falta de intención interna no puede abrir las puertas de la eutanasia, a lo sumo podrá configurarse la conducta en homicidio culposo.
Su voluntariedad: Eutanasia voluntaria: es la que solicita el paciente de palabra o por escrito. Eutanasia involuntaria: es la que se aplica a los pacientes sin su consentimiento.
Comentario
Para tratar de comprender esta incoherente debilidad de dividir la eutanasia en varios departamentos, debemos entenderla dando este ejemplo:
La eutanasia voluntaria desde la hipotética fantasía significa deseo de ser exterminado, como a una plaga, y la involuntaria significa que lo matarán, como a una cucaracha.
LA EUTANASIA A LO LARGO DE LA HISTORIA
"Quedan autorizados para disponer cuanto sea necesario, a fin de que los enfermos considerables incurables, a tenor de los conocimientos actuales, se los pueda eliminar físicamente para poner fin a sus sufrimientos."
Adolf Hitler- No solo él ha defendido una postura frente a la eutanasia; miremos las posiciones de diferentes corrientes de
pensamiento respecto de este tema:
Comentario:
¡ Mira que lindo ejemplo ! el de Adolfo, maravilla de tipo.

Para el Jusnaturalismo, la obligación por cuestión divina de respetar la vida en toda circunstancia, existe unaprohibición estricta sustentada en leyes naturales de disponer por cuenta propia de la vida.
Juan Pablo II, en su encíclica "El Evangelio de la Vida" define la Eutanasia como: "Adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otro". Y se considera esto como una "cultura de la muerte" que se ve en las sociedades del bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va en contra de los ancianos y los más débiles, caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por la familia y la sociedad, según lo cual una vida inhábil no tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la Eutanasia como una "acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor "situada en la intención y los métodos usados".
Comentario:
Directamente esta referencia no es más que una lesión gravísima a nuestra dignidad, cuyas consecuencias jurídicas pueden ser inevitables en perjuicio de quien propala y una información dentro de un medio, a sabiendas de su falsedad absoluta, llevando a cabo una conducta injuriosa que no tiene justificación, ni atenuantes. Tengo en este preciso instante y en mis manos el Evangelium Vitae, Carta Encíclica del Sumo Pontífice Juan Pablo II sobre el valor y el carácter inviolable de la vida humana en el título " Yo doy la muerte y doy la vida" pto. 64 pág. 116, entre otras señala textualmente:
"... Hoy debido a los progresos de la medicina y en un contexto cultural con frecuencia cerrado a la trascendencia, la experiencia de la muerte se presenta con algunas características nuevas. En efecto, prevalece la tendencia a apreciar la vida sólo en la medida en que da placer y bienestar, el sufrimiento aparece como una amenaza insoportable, de la que es preciso librarse a toda costa..... El hombre rechaza u olvida su relación con Dios, cree ser criterio y norma de sí mismo y piensa tener derecho de pedir incluso a la sociedad que le garantice posibilidades y modos de decidir sobre la propia vida en plena y total autonomía. Es particularmente el hombre que vive en países desarrollados quien se comporta de así.... en semejante contexto es cada vez más fuerte la tentación de la eutanasia, esto es, adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otros. En realidad lo que podría parece lógico y humano, al considerarlo en profundidad se presenta absurdo e inhumano. Estamos aquí ante uno de los síntomas más alarmantes de la cultura de la muerte".... Hechas estas distinciones, de acuerdo con el Magisterio de mis Predecesores y en comunión con los Obispos de la Iglesia católica, confirmo que la eutanasia es una grave violación de la ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana. Esta doctrina se fundamente en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita, es trasmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal. Semejante práctica conlleva, según las circunstancias, la malicia propia del suicidio o del homicidio: ( Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. Dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia:
Por Dios espero, que le haya dolido esta bofetada, ¡ a esa intención cobardemente temeraria y maliciosa !
En términos de una teoría utilitarista de los derechos, la eutanasia se nos muestra como una opción más práctica en el caso de que se nos presente una existencia marcada por el dolor y sin posibilidades de felicidad. Desde esta perspectiva, la eutanasia es buena, dados los dolores que se le quitan a quien los está sufriendo, se disminuyen los daños a la sociedad y se termina con una "carga" para la familia.
Comentario:
La antropofagia radica también en el utilitarismo

En la Utopía de Tomás Moro, aparece el concepto médico y moral de la Eutanasia: "...Cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los magistrados y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle tratan de hacerle ver que está ya privado de los bienes y funciones vitales...y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí mismo o permitir que otros le liberen... esto es, la muerte no le apartará de las dulzuras de vida sino del suplicio y se realiza una obra ...piadosa y santa...este tipo de muerte se considera algo honorable" Aquí se ve: una atención esmerada a los enfermos, una enfermedad intolerable, que legitima la muerte voluntaria y la eutanasia en utopía , tiene en cuenta los derechos de la persona: responsabilidad moral, libertad, los sacerdotes son intérpretes de la divinidad. Hume, critica la posición eminentemente moralista del suicidio y de paso la eutanasia así: "nuestro horror a la muerte es tan grande que cuando ésta se presenta bajo cualquier otra forma distinta de la que un hombre se había esforzado en reconciliar con su imaginación, adquiere nuevos aspectos aterradores y resulta abrumadora para sus pocas fuerzas. Y cuando las amenazas de la superstición se añaden a esta natural timidez, no es extraño que consigan privar a los hombres de todo poder sobre sus vidas" y va en contra de un determinismo al decir que " si el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería el que un hombre actuara para conservar la vida, como el que decidiese destruirla."
Finalmente justifica la eutanasia en términos prácticos al decir que : " una vez que se admite que la edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir la vida en una carga y hacer de ella algo peor que la aniquilación. Creo que ningún hombre ha renunciado a la vida si esta mereciera conservarse." Quien se retira de la vida no le produce daño a la sociedad , a lo sumo deja de producirle un bien . En términos de Kant, a él no le importa la singularidad, el suicidio es malo, al contrario de Hume, por que viola deberes para conmigo mismo, el respeto por nosotros mismos. Frente a la eutanasia tiene en cuenta es la potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las posibilidades de desarrollo de sus capacidades. La vida no vale por sí misma, sino en función de un proyecto de vida ligado con una libertad y una autonomía, ésta se justifica si permite la base material para una vida digna.
Posiciones que pretenden justificar la Eutanasia
Se suelen presentar las siguientes razones en pro de la eutanasia voluntaria positiva:

1.-La vida de una persona que sufre de una enfermedad terminal ha venido a ser inútil para su familia, para la sociedad y para el mismo paciente. Una persona sana no debe cometer suicidio porque tiene muchos deberes para con su familia, la sociedad y su propio desarrollo. Por el contrario, una persona que sufre de una enfermedad terminal no tiene ya más deberes que cumplir, sencillamente porque se encuentra en incapacidad de hacer algo por sí misma o por los demás. Nadie saca ningún provecho de que su vida continúe, cargada como está con el peso del sufrimiento. Por tanto es razonable afirmar que tal persona se encuentra justificada para poner fina a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de los demás.
2.-Cuando uno se encuentra ante dos males, tiene que escoger el mal menor. La prolongación de un sufrimiento inútil es un mal mayor que el procurarse una muerte inmediata, que de todas maneras pronto iría a sobrevenir.
3.-Resulta inhumano e insensato conservar en vida a un paciente terminal cuando él ya no quiere vivir más, y una simple inyección podría poner fin a su lamentable estado, sin dolor.
4.-Una persona que no cree en Dios puede razonablemente concluir que el hombre es el dueño de su propia vida. En consecuencia, puede decidir libremente poner fin a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de otros, cuando ya no tiene más deberes que cumplir con respecto a su familia y a la sociedad.
5.-La libertad del hombre para obrar no debe cohibirse a menos que haya razones convincentes de que su libertad entra en conflicto con los derechos de los demás. Ahora bien, no puede demostrarse tal conflicto en el caso del enfermo terminal. Por tanto tal persona tiene el derecho a morir como ella escoja.
6.-La eutanasia voluntaria positiva es un acto de delicadeza para con la propia familia y para con la sociedad, ya que el enfermo terminal decide no seguir siendo oneroso para ellos prolongando su enfermedad, con los consiguientes costos y todo el trabajo de cuidar a un paciente enfermo de gravedad. Es mejor liberar los escasos recursos médicos y financieros para que se empleen en curar a aquellas personas que pueden llevar una vida útil.
7.-Los creyentes sostenemos que Dios nos dio la vida. De aquí no se sigue que no podamos intervenir en ella, ya que Dios nos hizo sus admiradores. Es sensato, por tanto, pensar que Dios no quiere que suframos innecesariamente cuando podemos de manera fácil poner fin a nuestra desgracia.
POSICIONES QUE NO JUSTIFICAN EUTANASIA
1.- La tradición occidental y la filosofía teísta se han manifestado contra la muerte directa de uno mismo, sea solo, sea con la ayuda de los demás. La razón principal en favor de esta posición es el que Dios pose el dominio directo sobre la vida humana. Somos administradores de nuestra propia vida pero no sus propietarios. Así como no podemos decidir el comienzo de nuestra propia vida, tampoco nos es lícito determinar su final.
Aunque este argumento es válido con base en una filosofía teísta, quizás no convenza a todo mundo, tal vez ni siquiera a los creyentes. ¿Podría aducirse otra razón?
2.- A través de toda esta obra hemos venido usando la naturaleza humana racional como el criterio de moralidad. Hemos justificado la intervención en nuestra naturaleza cuando es posible probar que una tal intervención es razonable y sirve para promover nuestra dignidad humana. Preguntémonos ahora: ¿es la eutanasia voluntaria positiva una intervención razonable en nuestra naturaleza? ¿ Constituye dicha eutanasia un factor humanizante o deshumanizante para el individuo implicado y para la sociedad?
¿Qué razón puede aducir una persona a su médico para solicitarle que ponga fin a su vida? Tal razón puede ser la liberación del dolor, ya que el hombre posee un deseo natural de vivir y, precisamente, de vivir sin dolor y sin desgracia. Pero no resulta prudente ni sabio cortar el dolor poniendo fin a la vida. Sería una intervención más razonable tratar de aliviar el dolor más bien que matar al paciente. Por fortuna la medicina moderna es muy eficaz para calmar el dolor. Supuesto que es posible mitigar el dolor, parece ser más digno del hombre hacer esto que administrar al paciente una inyección mortal.
3.- Cuando hablamos de eutanasia voluntaria se presume que el paciente solicita libremente la muerte. Para evitar cualquier engaño o mala interpretación, la solicitud del enfermo debe obtenerse por escrito y con la firma en presencia de testigos. ¿Se encuentra un paciente, debilitado por una enfermedad terminal, de hecho en capacidad de valorar su propia situación y de hacer una petición con una mente lúcida? ¿Cómo pueden los testigos dar testimonio de que el enfermo hizo la solicitud de su propia muerte con mente sana y recta? Por tanto, existe el problema de la libertad en la toma de decisión ¿Se pueden eliminar las presiones?. La posibilidad de abuso no es imaginaria sino muy real, dados los encontrados intereses financieros y de otros órdenes, de la familia del paciente y de la sociedad.
4.- Además, debe determinarse el tiempo exacto para la aplicación de la inyección mortal. Esto se parece mucho a una ejecución. La mayoría de los países acabaron con la pena de muerte porque es una forma muy inhumana de castigo. Es cosa cruel anunciar a una persona la hora exacta de su muerte.
¿Queremos ahora nosotros introducir de nuevo dicha ejecución por medio de la inyección en forma masiva? Como dijimos antes, muchos Estados norteamericanos han aprobado leyes que determinan la ejecución de la pena de muerte por medio de una inyección. Admitiendo que existe una diferencia entre ejecutar a un criminal y 91 dar la muerte a un enfermo, con todo las deshumanizantes y horripilantes circunstancias de la ejecución y de la eutanasia son las mismas.
5.- ¿Además, quién va a aplicar la inyección mortal? ¿Van los médicos a aceptar el papel de administrar la muerte en vez de la curación?'. Para quien va a aplicar la inyección no se requiere que sea médico, ya que el sencillo procedimiento puede ser aprendido por cualquiera, ¿ Va entonces a existir una nueva profesión cuya tarea va a consistir- en dar la muerte, exactamente igual a los ejecutores de la pena de muerte que reciben una paga por su "servicio"
6.- No faltará quien diga que esta descripción de la eutanasia es exagerada o hasta sarcástica. No pensaríamos así. No puede pasarse por alto la realización concreta de la eutanasia. Teniendo en cuenta todas las circunstancias' ,la eutanasia voluntaria positiva es deshumanizante. No es un, "morir con dignidad" La posibilidad de abusos relacionados con la legalización de la eutanasia podría aumentar el temor de los ancianos de que una enfermedad grave es una ocasión que se presenta a la familia o a las autoridades para despacharlos de este mundo. Está mucho más en conformidad con la dignidad humana dejar que la naturaleza siga su curso y aceptar la muerte cuando venga a través de factores que no caen bajo el control humano.
POSICION DE LA IGLESIA CATOLICA
SAGRADA CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA FE. DECLARACION SOBRE LA EUTANASIA
Los derechos y valores inherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en la problemática contemporánea. A este respecto, el Concilio Ecuménico Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente la dignidad excelente de la persona humana y de modo particular su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crímenes contra la vida, como Dios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado» (Cons. Past. Gaudium et spes, n. 27).
La S. Congregación para la Doctrina de la Fe, que recientemente ha recordado la doctrina católica acerca del aborto procurado juzga oportuno proponer ahora la enseñanza de la Iglesia sobre el problema de la eutanasia.
En efecto, aunque continúen siendo siempre válidos los principios enunciados en este terreno por los últimos Pontífices, los progresos de la medicina han hecho aparecer, en los recientes años, nuevos aspectos M problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente en su contenido ético.
En la sociedad actual, en la que no raramente son cuestionados los mismos valores fundamentales de la vida humana, la modificación de cultura influye en el modo de considerar el sufrimiento y la muerte; medicina ha aumentado su capacidad de curar y de prolongar la vida en determinadas condiciones que a veces ponen problemas de carácter moral. Por ello los hombres que viven en tal ambiente se interrogan con angustia acerca del significado de la ancianidad prolongada y de muerte, preguntándose consiguientemente si tienen el derecho de procurarse a sí mismos o a sus semejantes la «muerte dulce», que serviría para abreviar el dolor y sería, según ellos, más conforme con la dignidad humana. Diversas Conferencias Episcopales han preguntando al respecto esta S. Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual, tras haber pedido el parecer de personas expertas acerca de los varios aspectos de eutanasia, quiere responder con esta Declaración a las peticiones de k obispos, para ayudarles a orientar rectamente a los fieles y ofrecerles elementos de reflexión que puedan presentar a las autoridades civiles propósito de este gravísimo problema. La materia propuesta en este documento concierne ante todo a k que ponen su fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte resurrección ha dado un nuevo significado a la existencia y sobre todo la muerte del cristiano, según las palabras de San Pablo: «pues si vivimos para el Señor vivimos; y si morimos, morimos para el Señor. En fin, se que vivamos, sea que muramos, del Señor somos» (Rom. 14, 8; Fil 1, 20). Por lo que se refiere a quienes profesan otras religiones, mucho admitirán con nosotros que la fe - si la condividen - en un Dios creador Providente y Señor de la vida confiere un valor eminente a toda persona humana y garantiza su respeto.
Confiamos, sin embargo, en que esta Declaración recogerá el consenso de tantos hombres de buena voluntad los cuales, por encima do diferencias filosóficas o ideológicas, tienen una viva conciencia de la derechos de la persona humana. Tales derechos, por lo demás, han sido proclamados frecuentemente en el curso de los últimos años en declaraciones de Congresos Internacionales (a); y tratándose de derechos fundamentales de cada persona humana, es evidente que no se puede recurrir 2 argumentos sacados del pluralismo político o de la libertad religiosa para negarles valor universal. (a) Recuérdese en particular la recomendación 779 (1976). referentes a los derechos de los enfermos y de los moribundos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Eutanasia.
Comentario:
Es evidente la falta de profundidad en los argumentos de quienes como nosotros, no estamos de acuerdo con la legalizar la eutanasia. Nadie está en condiciones de hablar de Dios si no lo conoce, o si conociéndolo se lo intente combatir por cualquier medio especialmente con la mentira. Es clara la intención de este documento; es un llamado a la muerte es un llamado al fin, a la destrucción de la civilización misma. Dios nos proveerá de fuerzas para arrojar a las tinieblas a esos espíritus malignos que utilizan las mentes de algunos hombres alejados temerariamente del amor de Cristo para ser utilizados sus cuerpos y sus mentes, como simples instrumentos, llamados a revelar la justicia satánica, instigando al mundo al suicidio y al homicidio consentido por medio, como este caso, de la informática.
No hagas mucho mal ni seas insensato; ¿Por qué habrás de morir antes de tiempo? Eclesiastés 7-1.
No hay hombre que tenga potestad sobre el espíritu para retener el espíritu, ni potestad sobre el día de la muerte; y no valen armas en tal guerra, ni la impiedad librará al que la posee. Eclesiastés 7-8.

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